El mes de octubre trae una semana con dos días especiales. Se trata del feriado nacional del martes 8 de octubre en conmemoración del Combate de Angamos, en honor al almirante Miguel Grau, un héroe nacional.
Pero, también habrá un día no laborable para el sector público, que tiene como fecha, el lunes 7 de octubre, brindando a los trabajadores la oportunidad de extender su descanso y fomentar el turismo interno.
Para no crear confusión, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) explicó las diferencias, para que empleadores y trabajadores sepan de qué se trata y planifiquen sus actividades.
El día declarado feriado, en este caso, el martes 8, el trabajador debe descansar, sin afectar su remuneración. Pero en caso deba laborar, porque así lo establece su horario o las necesidades de la empresa, su empleador tiene dos opciones: brindarle un descanso en otra fecha; o efectuar el pago de la triple remuneración, por el feriado trabajado.
En el caso del lunes 07 de octubre, está contemplado como un día no laborable para los trabajadores del sector público. Este personal deberá devolver las horas de ausencia durante las siguientes semanas, según lo que indique su Oficina de Recursos Humanos. Estos trabajadores recibirán su remuneración habitual, sin ninguna sobretasa.
Cabe mencionar que los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma de recuperación de las horas dejadas de laborar. En caso no lleguen a un acuerdo, lo decidirá el empleador.
Fuente: Diario El Peruano
Fecha: 30/09/2024