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Aspectos claves para la presentación del Formulario Virtual Nº 1605 – Parte II

Elaborado por Staff de Contadores & Empresas[1]:

Las personas jurídicas domiciliadas en el país estarán obligadas a comunicar a la Sunat, las emisiones, transferencias y cancelación de acciones realizadas, incluyendo las enajenaciones indirectas[2], y la cual deberá contener la información que para tal efecto establezca la Sunat[3].En la segunda parte de la presente nota, se desarrolla el procedimiento para la presentación del Formulario Virtual Nº 1605[4].

1. Procedimiento a seguir para realizar la presentación del Formulario Virtual 1605: Emisión, transferencia directa e indirecta y cancelación de acciones

A efectos de cumplir con la comunicación de la transferencia y emisión de acciones, así como de su cancelación, el contribuyente deberá presentar el formulario virtual N° 1605, el cual está ubicado en Sunat Operaciones en Línea – Trámites y Consultas, Empresas / Mis Declaraciones Informativas / Presento mis declaraciones informativas:

Posteriormente, deberá seguir los siguientes pasos:

PASO 1

Ingresar a la opción Registro de Comunicación de Acciones; en la cual aparece el número de RUC, y la razón social de la empresa; donde deberá colocar el periodo a declarar[5]; para luego darle clic en siguiente.

PASO 2

 Señalar el tipo de operación o transacción a realizar[6] dándole clic a la pestaña “Nuevo”:

Luego, deberá procede con el llenado del Formulario Virtual N° 1605 de acuerdo a cada operación.

Para el caso de emision:

Para el caso de transferencia directa:

Para el caso de transferencia indirecta:

Para el caso de cancelación de acciones:

Asimismo, el contribuyente debe tener en cuenta que la opción te permite también modificar, eliminar o cargar un archivo. Para la elaboración de dichos archivos planos, el contribuyente deberá tener en cuenta los anexos publicados en la RS N° 169-2014/SUNAT, los cuales son:

PASO 3

Verificar que la información ingresada esté correcta y luego proceder a enviarlo.

2. Constancia de presentación de la comunicación del Formulario Virtual 1605[7]

Efectuado el envío, el sistema de la Sunat automáticamente generará la constancia de presentación de la comunicación mediante el Formulario Virtual N° 1605 con su respectivo número de orden.

La referida constancia deberá ser conservada por el contribuyente, pudiendo ser impresa, guardada y/o enviada a su correo electrónico.

[1]  Información tomada del Informe: Guía operativa para la presentación del Formulario Virtual N° 1605: emisión, transferencia directa e indirecta y cancelación de acciones o participaciones, publicado en la 1º quincena de agosto 2022 cuyo autor es Julio Villanueva Trauco.

[2] Según el inciso e) del artículo 10 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (en adelante, TUO de la LIR).

[3] Conforme a lo indicado en la primera disposición transitoria y final del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.

[4] De acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la RS N° 169-2014/SUNAT y modificatorias.

[5] En el cual efectuó la emisión, transferencia directa e indirecta y cancelación de acciones.

[6] Emisión, transferencia directa, transferencia indirecta y cancelación de acciones.

[7] De acuerdo a lo señalado en el artículo 7 de la R.S. N° 169-2014/SUNAT y modificatorias.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.