A través del D.S. Nº 009-2016-TR se aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil (RETCC)XNT, el cual dispone que las personas naturales y empresas dedicadas a la construcción civil, cuyos costos individuales excedan las 50 UIT, incluyendo aquellas que participen como contratistas o sub contratistas, deberán de exigir que sus trabajadores se encuentren debidamente inscritos en dicho registro. La vigencia del registro tendrá una vigencia de 2 años y podrá ser renovado antes de su vencimiento y que de no hacerlo, caducará automáticamente. Asimismo la norma señala que constituye una infracción grave contar con los servicios de trabajadores de construcción civil sin que hayan sido inscritos en el registro y que la multa podrá ascender hasta los 197,500 soles en caso se detectara más de 1,000 trabajadores sin inscribir.Es pertinente señalar que el Ministerio de Trabajo será la encargada, mediante el sistema de inspección de trabajo, de fiscalizar y sancionar el incumplimiento de dicha obligación, quedando excluidos solo aquellos que realicen autoconstrucción. Fecha de publicación: 21/07/2016Fuente: Diario El Peruano.
Aprueban reglamento de registro de trabajadores de construcción civil
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