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Aprueban Proyecto de Ley que incorpora algunas provincias de Cajamarca a los beneficios tributarios del Régimen de la Amazonía

AntecedentesComo es de conocimiento general, a través de la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, se establecieron distintos beneficios tributarios como la exoneración del Impuesto a la Renta sobre productos calificados como materiales nativos y/o alternativos, frutos y especies de la biodiversidad, entre otros, la reducción de tasa de rentas de tercera categoría, la exoneración del IGV de la venta de bienes que se efectúe en la zona para su consumo en la misma y de los servicios que se presten en la zona, aplicación de un crédito fiscal especial, entre otros.El día 04 de junio de 2020, en el Congreso de la República, se presentó el Proyecto de Ley N° 5445/2020-CR, planteando que se modificara el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la referida Ley Nº 27037, a fin de incorporar a las provincias de Cutervo, Chota y Celendín del Departamento de Cajamarca dentro de los beneficios plasmados en la dicha norma.Aprobación del Pleno del Congreso El día 15 de julio de 2021, el Pleno del Congreso en primera votación con 87 votos a favor, 05 en contra y 11 abstenciones, y dispensado en 2da votación por acuerdo virtual, se aprobó que las provincias de Cutervo, Chota y Celendín del Departamento de Cajamarca puedan acceder a los beneficios que están contemplados en la Ley Nº 27037 a través del siguiente texto:(…)Artículo 1. Objeto y finalidad de la leyLa presente ley tiene por objeto modificar el literal c del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia incorporando dentro de sus alcances a las provincias de Cutervo, Chota y Celendín del Departamento de Cajamarca, con la finalidad de extender, a estas provincias, los beneficios contemplados en la referida ley.Artículo 2. Modificación del artículo 3 de la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la AmazoniaModificase el literal e del artículo 3 de la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, en los siguientes términos:&quotArticulo 3.- Definiciones3.1 Para efectos de la presente Ley, la Amazonia comprende:(…)c) Provincias de Cutervo, Chota, Celendín, Jaén y San Ignacio del departamento de Cajamarca.(…)&quotFinalmente, el siguiente paso es que el Poder Legislativo remita al Poder Ejecutivo para que se apruebe y se promulgue.Puede acceder al Texto aprobado en el siguiente link:https://tinyurl.com/k86x883w Si necesita asesoría concreta sobre el tema puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.peFuente: Staff Contadores & EmpresasFecha: 20/07/2021

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.