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Aprueban obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica del MTPE

Tipo de Norma: Decreto Supremo

Número de Norma: Nº 004-2024-TR

Fecha de Publicación: Viernes, 30 de agosto 2024

Por intermedio del decreto señalado, se aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos, actuaciones sobre servicios prestados en exclusividad, y actuaciones administrativas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo – MTPE, que correspondan ser notificados de acuerdo con la normatividad vigente. Esto, con la finalidad de optimizar la eficiencia y la celeridad de los procedimientos administrativos y actuaciones administrativas del MTPE, mediante la notificación vía casilla electrónica, garantizando el derecho a la debida notificación implícito al debido procedimiento administrativo a favor de los administrados.

El presente Decreto Supremo es de aplicación por las unidades de organización y programas del MTPE que participan en las actuaciones y/o procedimientos administrativos de competencia de la entidad; y por los administrados que participan en las actuaciones y/o procedimientos administrativos de competencia del MTPE.

Sistema de Notificación Electrónica del MTPE

Las unidades de organización del MTPE y sus programas emplean el Sistema de Notificación Electrónica del MTPE para notificar a los usuarios y público en general, los actos administrativos, actuaciones sobre servicios prestados en exclusividad y actuaciones administrativas que correspondan ser notificadas de acuerdo con la normatividad vigente, en el marco de las funciones y competencias del MTPE, y de conformidad con el numeral 20.4 del artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS.

Notificación vía casilla electrónica

Es obligatoria la notificación vía casilla electrónica, de todos los actos administrativos, actuaciones sobre servicios prestados en exclusividad, y actuaciones administrativas del MTPE, que correspondan ser notificados de acuerdo con la normatividad vigente, en el marco de sus funciones y competencias, a través del uso del Sistema de Notificación Electrónica del MTPE.

La notificación vía casilla electrónica tiene la misma validez y eficacia jurídica que las notificaciones realizadas por medios físicos tradicionales o presenciales, conforme con lo establecido en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

El proceso de notificación vía casilla electrónica en el MTPE se inicia con el depósito del acto administrativo, actuación administrativa sobre servicios prestados en exclusividad, o actuación administrativa en la casilla electrónica del usuario, el cual, genera la constancia de notificación electrónica y el acuse de recibo; asimismo, se envía la comunicación al correo electrónico del usuario y al teléfono celular del usuario registrado para dicho fin.

La constancia de la notificación vía casilla electrónica y el acuse de recibo de la notificación son incorporados en el expediente correspondiente por las unidades de organización del MTPE y sus programas, según corresponda, a cargo del procedimiento administrativo o servicio brindado en exclusividad.

Asignación de la casilla electrónica

El MTPE asigna al usuario una casilla electrónica en el Sistema de Notificación Electrónica de la entidad, la cual se constituye en un domicilio digital obligatorio, a través del cual se realizan las notificaciones de los actos administrativos y/o actuaciones emitidas, en el marco de sus funciones y competencias que correspondan ser informadas al usuario.

La asignación y uso de la casilla electrónica son gratuitos. Solo existe una casilla electrónica por persona natural o por persona jurídica.

Validez y efecto de la notificación vía casilla electrónica

Normativa complementaria e implementación progresiva

El MTPE, en un plazo no mayor a 90 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo, aprueba las disposiciones complementarias que resulten necesarias, así como el cronograma que determine los plazos para la implementación progresiva de los actos administrativos, actuaciones sobre servicios prestados en exclusividad, y actuaciones administrativas, objeto de la notificación obligatoria a través de la casilla electrónica del Sistema de Notificación Electrónica del MTPE.

Vigencia: El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de la publicación de las disposiciones complementarias referidas en el párrafo anterior, salvo dicha disposición que entra en vigencia al día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.