Como es de conocimiento general, mediante la Ley Nº29173 (23/12/2007) se regula el Régimen de percepciones del Impuesto General a las Ventas aplicable a las operaciones de venta gravadas con dicho impuesto de los bienes señalados en el Apéndice 1 de la indicada Ley, por el cual el agente de percepción percibirá del cliente un monto por concepto de IGV que este último causará en sus operaciones posteriores.
Mediante el presente dispositivo, se aprueba el Listado de entidades podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas estipuladas en el artículo 11 de la Ley Nº29173.
Vigencia: 01.01.2021
Decreto Supremo 426-2020-EF
What's your reaction?
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0