Tipo de Norma: Resolución Administrativa
Número de Norma: Nº 000474-2022-CE-PJ
Fecha de Publicación: Viernes, 06 de enero de 2023
A través de la resolución referida se fija el valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP) para el año 2023, en S/ 495.00, equivalente al 10 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), aprobada mediante Decreto Supremo N° 309-2022-EF. Asimismo, se aprueba el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2023, el mismo que en anexo adjunto forma parte de la presente resolución, y se regirá bajo los lineamientos del Reglamento de Aranceles Judiciales vigente.
En tal sentido, se dispone que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Ahora bien, en los procesos laborales y previsionales, los trabajadores, ex trabajadores y sus herederos, cuyo petitorio exceda del mínimo señalado en el literal i) del artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial (70 URP), se sujetarán al pago dispuesto en la presente resolución, reducidos en 50 %.
En cuanto a los procesos laborales y previsionales, al admitirse como medios probatorios la actuación, verificación, exhibición, recopilación de información y otros que requieran que el especialista legal, revisor de planillas o perito adscrito al despacho, realicen tal labor fuera del local del juzgado, el oferente del medio probatorio deberá pagar el arancel judicial por diligencia a realizarse fuera del local del juzgado. En caso que el oferente sea el demandante se tendrá presente lo dispuesto en la Undécima Disposición de la presente resolución.
De otro lado, el plazo de vigencia del arancel judicial es de un año calendario, periodo que es computado a partir de la fecha en que el justiciable, titular de dicho comprobante de pago, adquiere el mismo en el Banco de la Nación o entidades financieras designadas por convenio, a través de sus agencias, agentes y/o plataformas financieras autorizadas.
Cabe mencionar que el presente “Cuadro de Valor de Aranceles Judiciales” se complementa con el Reglamento de Aranceles Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa N° 000176-2020-CE-PJ, o la que se encuentre vigente.
Vigencia: Desde el 07/01/2023