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Aprueban Directiva que regula la inspección de trabajo en materia de trabajo forzoso e infantil

Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia

Número de Norma: Nº 236-2023-SUNAFIL

Fecha de Publicación: Domingo, 18 de junio de 2023

En tal sentido, se dejan sin efecto los instrumentos normativos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, relacionados con la materia de Trabajo Infantil y Trabajo Forzoso (y sus respectivos anexos), que se detallan a continuación:

INSTRUMENTO NORMATIVONORMA DE APROBACIÓN
1Protocolo N° 002-2017-SUNAFIL/ INII, denominado Protocolo de Actuación en materia de Trabajo Infantil.Resolución de Superintendencia N° 114-2017-SUNAFIL, de fecha 09 de junio de 2017.
2Protocolo N° 001-2016-SUNAFIL/ INII, denominado Protocolo de Actuación en materia de Trabajo Forzoso.Resolución de Superintendencia N° 038-2016-SUNAFIL, de fecha 29 de marzo de 2016.
3Versión 2 del Protocolo N° 001- 2016-SUNAFIL/INII, Protocolo de Actuación en materia de Trabajo Forzoso.Resolución de Superintendencia N° 174-2020-SUNAFIL, de fecha 09 de octubre de 2020.
4Protocolo N° 01-2018-SUNAFIL/INII, denominado Protocolo de Actuación del Grupo Especializado de Inspectores del Trabajo en materia de Trabajo Forzoso y Trabajo Infantil de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (GEIT – TFI SUNAFIL).Resolución de Superintendencia N° 05-2018-SUNAFIL, de fecha 10 de enero de 2018.
5Versión 2 del Protocolo N° 01- 2018-SUNAFIL/INII, denominado Protocolo de Actuación del Grupo Especializado de Inspectores del Trabajo en materia de Trabajo Forzoso y Trabajo Infantil de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (GEIT – TFI SUNAFIL).Resolución de Superintendencia N° 152-2019-SUNAFIL, de fecha 07 de mayo de 2019.

Por último, se dispone que los numerales 9.2 y 9.3 de la directiva aprobada no son de aplicación al Grupo Especializado de Inspectores del Trabajo en materia de Trabajo Forzoso y Trabajo Infantil de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (GEIT – TFI SUNAFIL), conformado mediante la Resolución de Superintendencia N° 179-2023-SUNAFIL, que continuará en ejercicio hasta la finalización de su periodo de vigencia, concluido el cual se deberán cumplir las disposiciones establecidas en la directiva, en lo que respecta a su conformación y requisitos para su integración, entre otros aspectos aplicables.

Vigencia: Desde el 19/06/2023

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.