Mediante Resolución Ministerial N° 043-2024-Vivienda, se aprobó el cronograma de actividades para la transferencia a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) de la administración y el pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley 19990, a fin de cumplir con el plazo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31954.
La fecha máxima de transferencia de información y documentación (legajos) conforme a la Resolución Jefatural ONP se realizará hasta el 30 de abril, mientras que la fecha máxima de para de transferencia de formatos de planilla de pensionistas será hasta el 30 de junio de este año.
Cabe precisar que la ONP aseguró que acatará de forma inmediata el fallo del Tribunal
Constitucional (TC) que declara inconstitucional e ilegal la suspensión de pensiones. El Tribunal Constitucional dictó que la ONP no puede suspender una pensión, una vez otorgada, porque no existe una ley que la habilite para hacerlo. Esta sentencia implica un cambio de criterio por parte del tribunal.
Fuente: El Peruano
Fecha: 18/02/2024