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Amplían vigencia de plazo de puesta a disposición a 4 días calendario

Tipo de Norma: Decreto de Urgencia

Número de Norma: Nº 113-2021

Fecha de Publicación: Viernes, 24 de diciembre de 2021

Cómo es de conocimiento general, mediante el Título I del Decreto de Urgencia (D.U) Nº 013-2020, se establecieron una serie de medidas con la finalidad de promover el acceso al financiamiento de las MIPYME mediante la factura electrónica, así como mejorar las condiciones operativas que faciliten el uso de la factura negociable. Dentro de dichas disposiciones, se estableció un plazo máximo para que la factura y el recibo por honorarios electrónico sea puesto a disposición del adquirente del bien o usuario del servicio, siendo este plazo de hasta dos (2) días calendario, computados desde ocurrida la emisión de los citados comprobantes electrónicos.

Cabe precisar que mediante el D.U N° 050-2021 (27/05/2021) se estableció excepcionalmente que la referida puesta a disposición de la factura electrónica al adquirente del bien o usuario del servicio sería de hasta 4 días calendario, computados desde la emisión de dichos comprobantes, ello hasta el 31 de diciembre de 2021.

Mediante la presente disposición, se amplía la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 050-2021 hasta el 30 de junio de 2022.

Por lo tanto, el plazo para la puesta a disposición de la factura y recibo por honorarios electrónico según la modificación efectuada sería la siguiente:

Vigencia: Hasta el 30/06/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.