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Amplían plazo de emisión de documentos autorizados por el Banco de la Nación

Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia

Número de Norma: Nº 000267-2023/SUNAT

Fecha de Publicación: Domingo, 31 de diciembre de 2023

Como es de conocimiento general, el inciso b) de la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia N° 000191-2020/SUNAT permite que el Banco de la Nación pueda emitir hasta el 31 de diciembre de 2023 los documentos autorizados (a que se refiere el literal b) del inciso 6.1 del numeral 6 del artículo 4 del Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT).

Dicho esto, el Banco de la Nación ha informado que no ha culminado el proceso de adecuación para la emisión electrónica de los comprobantes de pago por los servicios a que se refiere el inciso b) de la citada disposición complementaria transitoria porque ha tenido que atender diversos proyectos que le fueron encargados para optimizar el manejo de la gestión pública.

Es por ello que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000267-2023/SUNAT se modifica la Resolución de Superintendencia N° 000191-2020/SUNAT, ampliando el plazo en el que el Banco de la Nación pueda emitir excepcionalmente los documentos autorizados a que se refiere el literal b) del inciso 6.1 del numeral 6 del artículo 4 del RCP hasta el 31 de diciembre de 2024.

Vigencia: Desde el 01/01/2024.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.