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Amplían plazo de acogimiento a IMPULSO MYPERU y reprogramación de FAE-TURISMO

Tipo de Norma: Decreto de Urgencia

Número de Norma: Nº 012-2024

Fecha de Publicación: Sábado, 29 de junio de 2024

Como es de conocimiento general, mediante la Ley Nº 31658, se creó el Programa Impulso Empresarial MYPE – IMPULSO MYPERU, con la finalidad de apoyar el proceso de recuperación económica y crecimiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE). Asimismo, mediante el Decreto de Urgencia (D.U) Nº 076-2020 y sus modificatorias, se creó el Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO), y a través de la Resolución Ministerial N° 228-2020-EF/15 (11/08/2020).

Mediante el Decreto de Urgencia Nº 012-2024 se; i) amplía el plazo de acogimiento de los créditos al Programa Impulso Empresarial MYPE (IMPULSO MYPERU) y ii) se otorgan facilidades de pago para los beneficiarios del Fondo de Apoyo Empresarial a las MIPYME del Sector Turismo (FAE-TURISMO).

1.- Ampliación del plazo de acogimiento a IMPULSO MYPERU

Se establece que los créditos garantizados por el Programa IMPULSO pueden ser otorgados hasta el 31 de diciembre de 2024[1].

2.- Reprogramación de los créditos garantizados con el FAE-TURISMO

Se faculta excepcionalmente, a las Empresas del Sistema Financiero (ESF) y Cooperativas de Ahorro y Crédito no autorizadas a captar recursos del público (COOPAC), para reprogramar los créditos garantizados con el FAE-TURISMO.

Asimismo, se autoriza a las ESF y COOPAC a brindar nuevas reprogramaciones y periodos de gracia para las empresas que hayan reprogramado sus créditos conforme a lo establecido en el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 004-2022.

Las reprogramaciones de los créditos garantizados con el FAE-TURISMO son evaluadas por las ESF o COOPAC que otorgaron los respectivos préstamos y el plazo máximo de acogimiento para las reprogramaciones del FAE-TURISMO es el 31 de diciembre de 2024.

Vigencia: Hasta el 31/12/2024.


[1] Cabe precisar que el plazo ya se había prorrogado por el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 033-2023, y, por el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 039-2023.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.