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Ámbito de aplicación del ISC a la cerveza

Mediante el INFORME N.º 119-2019-SUNAT/7T0000 publicado en el portal web de Sunat, la administración llega a la siguiente conclusión:”A partir de la vigencia del Decreto Supremo N.º 181-2019-EF la cerveza es un bien que se encuentra dentro del Literal B del Apéndice IV, en consecuencia, la venta en el país por el importador de cerveza no se encuentra gravada con el ISC”.Fecha de publicación: 13.09.2019Fuente: Portal Web Sunat

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.