Los abogados María Ángela Vásquez Paredes y Daniel Robles Ibazeta sostuvieron que las modificaciones al Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador, que se aprobaron mediante el Decreto Supremo N° 011-2023-TR, permitirán un mayor uso y agilizar el mecanismo de la conciliación administrativa laboral.
María Ángela Vásquez, socia del estudio Aguirre Abogados & Asesores resaltó que los cambios a la normativa se orientan a utilizar las nuevas tecnologías de la información y plataformas virtuales como herramientas para el funcionamiento del servicio de conciliación administrativa laboral. Agregó que se incorporan nuevas obligaciones para el conciliador como analizar la solicitud y firmar la invitación a conciliar (de manera virtual u ológrafa); e identificar los problemas del conflicto y el interés de las partes.
Asimismo, el conciliador propondrá fórmulas conciliatorias no obligatorias. Detalló que otra modificación señala que el acta con el acuerdo virtual debe grabarse y remitirse a las partes vía correo electrónico. Además, el conciliador estará facultado para solicitar el retiro del asesor cuando, a su juicio, perturbe o impida el desarrollo de la audiencia de conciliación, agregó.
Por su parte, Daniel Robles, socio fundador de Robles Ibazeta Consultores, destacó que los cambios más significativos al Reglamento antes señalado se centran en la posibilidad de realizar conciliaciones administrativas laborales de manera virtual, antes limitadas a entornos presenciales. “Esto agilizará los procedimientos al permitir que las partes resuelvan sus disputas sin necesidad de acudir físicamente a una sede. Además, se establecen pautas claras sobre la solicitud de conciliación, documentos necesarios, notificaciones, formalidades de las actas, entre otros aspectos que brindan un marco más claro para el proceso de conciliación”, enfatizó.
Vásquez expresó la necesidad de intensificar la difusión de los beneficios de la conciliación administrativa laboral para que sea más efectiva, pues “la mayoría de trabajadores siempre acude al Poder Judicial e inicia un proceso largo, que les genera mayores gastos, como el pago de tasas, copias y los honorarios de un abogado”.
Un juicio laboral que en el Poder Judicial puede durar 2 años, como mínimo, se reduce a 2 meses con la conciliación. y la conciliación es gratuita, incluyéndose la asesoría de los abogados del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo [MTPE]”, afirmó.
Fuente: El Peruano
Fecha: 15/12/2023