Los contribuyentes que no cuenten con el depósito de la detracción cuando realicen el traslado de minerales metálicos auríferos y no auríferos no serán objeto de sanciones por un periodo de 60 días calendarios, de acuerdo con una resolución de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
La Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 013-2017-SUNAT/700000, emitida recientemente, señala que esta medida estará vigente hasta el 30 de mayo 2025.
De esta manera, se brinda un plazo para que los contribuyentes puedan solicitar orientación sobre las normas vigentes y se adecuen a las nuevas disposiciones establecidas para cumplir con sus obligaciones tributarias.
Las modificaciones a la aplicación del sistema de detracciones para las operaciones relacionadas con la minería metálica, tanto aurífera como no aurífera, “buscan fortalecer las labores de control y fiscalización tributaria, promover la formalidad en el sector y mejorar la recaudación del IGV”, según la administración tributaria.
Fuente: Gestión
Fecha: 09/04/2025