Tipo de norma: Decreto Supremo
Número de norma: N° 028-2025-EF
Fecha de publicación: Viernes, 28 de febrero de 2025.
Mediante la Ley N° 29230[1], Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado (Pub. 20/05/08), se impulsa la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios de inversión con entidades públicas del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, y Universidades Públicas.
Asimismo, su Segunda Disposición Complementaria y Final establece disposiciones para el cálculo del monto máximo de los Certificados de Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público (CIPRL).
A través de la Décimo Octava Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 32187 Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se modificó la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29230, sobre el límite para los certificados “Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público, siendo necesario modificar los Topes Máximos de Capacidad Anual (TMAC) para la emisión de los CIPRL para los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y las Universidades Públicas[2].
Mediante el presente decreto supremo se actualizan los Topes Máximos de Capacidad Anual para la emisión de los citados CIPRL.
Vigencia: 01/03/2025
[1] Modificada por la Décimo Octava Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 32187, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025 (Pub. 11/12/2024).
[2] Los topes vigentes hasta antes de la modificación se regulaban mediante el Decreto Supremo N° 218-2024-EF.