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Decretos Legislativos publicados durante la delegación de facultades en materia tributaria

Como es de conocimiento general, mediante la Ley Nº 32089 se otorgó al Poder Ejecutivo, por un plazo de 90 días calendario (desde el 05/07/2024 hasta el 03/10/2024), la facultad de legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica, plazo que a la fecha de elaboración de esta nota ya concluyó.

En materia tributaria, el gobierno solicitó legislar sobre un total de 10 medidas, pero finalmente legisló sobre 8. 

Cabe resaltar que las 2 medidas que no se legislaron dentro del periodo establecido fueron los siguientes:

En tal sentido, a continuación, presentamos una síntesis con los decretos legislativos que se publicaron en el marco de la referida delegación de facultades legislativas, con información referente a su vigencia, si requieren normas reglamentarias para su correcta aplicación y la situación de estas disposiciones:

Decreto y fecha de publicaciónSumillaVigenciaDisposiciones reglamentarias y complementarias Link para descargar la norma
D. Leg. 1623 
(04.08.2024)
Modificación de Ley del IGV vinculada a utilización en el país de servicios digitales e importación de intangibles por internet, brindado por no domiciliados-Artículo 49 A y otros cambios: Desde 25.08.2024 (con la vigencia de su norma reglamentaria.)   – Salvo el artículo 49-B, referido a los facilitadores de pago, que entra en vigencia en la misma fecha de vigencia de la norma que lo reglamente.– Sí, Decreto Supremo Nº 157-2024-EF sobre el artículo 49-A (24/08/2024)   – Pendiente de reglamentación artículo 49-BD. Leg. 1623: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2312442-1 D.S. Nº 157-2024-EF https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2318539-1
D. Leg. 1624 
(04.08.2024)
Modificación a la Ley del Impuesto a la Renta (LIR) vinculada a enajenación indirecta de accionesDesde 1.01.2025No es necesario para su vigenciahttps://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2312442-2  
D. Leg. 1634 
(30.08.2024)
Aprueban nuevo fraccionamiento especial para deudas tributarias y descuentos para intereses y multasDesde el 31.08.2024Sí, aún no está publicadohttps://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2320348-2
D. Leg. 1644 
(13.09.2024)
Modifican Ley del IGV e ISC y amplían plazo para aplicación de retenciones o percepciones del IGV en servicios digitales entre otrosDesde 14/09/2024, a excepción de:     – Las modificaciones e incorporaciones efectuadas a la Ley del IGV que entran en vigencia en la fecha de entrada en vigencia del D.S. que adecúan las normas reglamentarias del ISC de acuerdo con las modificaciones efectuadas por el Decreto Legislativo. – Lo dispuesto en el artículo 63-B (sobre sujetos facilitadores), que entra en vigencia en la fecha de entrada en vigencia de la norma que lo reglamente.   – Las modificaciones e incorporaciones efectuadas a la Ley que crea el Impuesto a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, entran en vigencia en la fecha de entrada en vigencia del D.S. que apruebe las disposiciones reglamentarias que regulan el impuesto a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia previstas en la Ley y en el presente Decreto Legislativo.   – Lo dispuesto en los artículos 42-A y 45-A de la Ley (que trata sobre los agentes de retención), que entran en vigencia en la fecha de entrada en vigencia de las normas que los reglamenten.Sí, pendiente emisión de normas reglamentarias vinculadas a:   -Modificación de la norma del IGV e ISC.   – El artículo 63-B, vinculado a los sujetos facilitadores.   – La Ley que crea el Impuesto a las Impuesto a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.   – Los artículos 42-A y 45-A de la Ley que crea el Impuesto a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, que tratan sobre los agentes de retención.https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2324653-1
D. Leg. 1647
(13.09.2024)
Obligatoriedad de la aplicación de la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de todas las entidades del Poder EjecutivoDesde el 14.09.2024No es necesario para su vigenciahttps://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2324653-4
D. Leg. 1662
(24.09.2024)
Modifican la LIR para perfeccionar las normas que regulan los acuerdos anticipados de precios, para el régimen de Precios De TransferenciaDesde el 01.01.2025No precisa el D. Leg.https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2328062-1
D. Leg. 1663  
(24.09.2024)
Modifican la LIR e incorporan reglas para la aplicación de otros métodos de precios de transferenciasDesde el 01.01.2025Está pendiente la reglamentación por parte del Ministerio de Economía y Finanzashttps://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2328062-2
D. Leg. 1669  
(28.09.2024)
Modifican periodo de uso del crédito fiscal, entre otras disposicionesDesde la fecha de entrada en vigencia de la Resolución de Superintendencia que regule, entre otros, el medio, la forma, los requisitos y/o condiciones para que los contribuyentes puedan confirmar, rectificar o complementar la información que consigne la Sunat respecto del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras.Para su vigencia está pendiente la emisión de la R.S de la Sunat indicada.https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2329855-5

Fuente: Staff de Contadores & Empresas

Fecha: 09/10/2024

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.