Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 000070-2024-SUNAT/7T0000, en el mismo concluye lo siguiente:
“El cumplimiento del “test de beneficio” regulado por el inciso i) del artículo 32 -A de la LIR no resulta aplicable al arrendamiento de bienes muebles e inmuebles ni al otorgamiento de la licencia de uso de marca entre empresas vinculadas, sin perjuicio de otras disposiciones de dicho artículo que pudieran resultar aplicables”.
Puede acceder al informe completo aquí:
https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2024/informe-oficios/i000070-2024-7T0000.pdf
Fecha de publicación: 19.09.2024