Los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia serán gravados con el impuesto selectivo al consumo (ISC), así como con una tributación a la actividad, lo cual se determinará como parte de la delegación de facultades otorgadas al Ejecutivo por el Congreso de la República, aclaró el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Estas actividades, al generar externalidades negativas, se gravarán con el ISC, precisó.
Precisó, además, que la aplicación del impuesto general a las ventas (IGV), desde octubre de este año, a las plataformas de streaming, como Netflix y Spotify, no será aplicable a los juegos de azar y de apuestas a distancia.
El MEF precisó que la iniciativa de aplicar el IGV a los servicios digitales no es reciente. “Ya se venía trabajando desde hace algunos años, con conversaciones previas sobre su factibilidad con representantes de las plataformas”, anotó.
“Sin embargo, no se había podido implementar aún porque se necesitaba, entre otras razones, publicar una norma con rango legal y cuando el Poder Ejecutivo solicitó delegación de facultades para regularlo, estas no se concedieron”, apuntó.
El MEF aseguró que esta medida permite ampliar la base tributaria. Ello porque facultará recaudar el IGV aplicado a servicios digitales brindados por empresas no domiciliadas a personas naturales, que antes no pagaban.
Además, beneficia a las empresas peruanas pues elimina la competencia desigual entre ellas y las extranjeras no domiciliadas. “Las empresas peruanas proveedoras de servicios digitales ya pagan el IGV y con esta medida también las no domiciliadas competidoras lo harán”.
El MEF comentó que los países de la Unión Europea implementaron mecanismos de recaudación del IVA/IGV aplicable a los servicios digitales desde el 2015. Asimismo, desde el 2016 muchos países en Latinoamérica ya adaptaron su regulación, entre ellos Ecuador, Argentina, Costa Rica, Uruguay, Paraguay, Chile, Colombia y México.
Impacto en precios
La implementación de este mecanismo de cobro del IGV no necesariamente elevará el precio que pagan los usuarios finales, sostuvo el MEF.
“La experiencia de los países de Latinoamérica en los que se implementó la recaudación del IVA a los servicios digitales muestra que el incremento en los precios de dichos servicios fue menor y poco significativo”, dijo.
Refirió que en otros servicios de intermediación de servicios tales como Airbnb, Uber o Amazon, el efecto sería muy limitado ya que el IGV que se recaudará no es sobre el precio total del servicio, sino sobre las comisiones que cobran las empresas.
Fuente: El Peruano
Fecha: 16/08/2024