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Sunafil: Trabajadores agrarios deben tener condiciones mínimas de seguridad y salud para hacer sus labores

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó cuáles son las condiciones mínimas de seguridad y salud, que deben tener los trabajadores agrarios, a pocas horas de celebrarse Día del Campesino, que reconoce y celebra la labor esencial de los trabajadores y trabajadoras del campo. En el caso de las empresas agrícolas y agroindustriales, los empleadores son los llamados a cumplir con estos derechos, establecidos en la Ley del régimen laboral agrario.

De acuerdo con esta norma, los empleadores tienen cinco puntos importantes a tomar en cuenta:

Uno: Garantizar el traslado seguro de los trabajadores al centro de labores, el cual puede darse de forma directa o mediante la contratación de un servicio de transporte terrestre de personas. En algunos casos los fundos se encuentran a varios kilómetros de distancia de las oficinas administrativas de las empresas, es por esa razón que deben darse las facilidades.

Dos: Se les debe habilitar comedores con condiciones de higiene adecuadas y seguras, y que los protejan de la lluvia o el sol, para que los trabajadores puedan consumir sus alimentos durante el refrigerio.


Tres: Considerar un suministro de agua potable para el consumo humano, durante toda la jornada de trabajo. Ello debido a que este personal pasa largas jornadas debajo del sol, para hacer las labores de siembra y cosecha, por lo que necesitan tener puntos de hidratación a la mano.


Cuatro: Implementar servicios higiénicos en buen estado, con disposición de agua potable, jabón líquido y sistemas higiénicos desechables.


Cinco: Dentro de los equipos de protección personal, considerar el uso de sombreros de ala ancha y protector de nuca, gorros, lentes de sol con protección UV y bloqueadores solares, que los protegerán de la radiación solar. Estos implementos deben ser entregados por los capataces o supervisores a cargo, previo a la ejecución del trabajo.

Menores no pueden laborar en agricultura


En atención a que en tiempos de siembra y cosecha hay más demanda de trabajadores agrarios, Sunafil enfatiza que está prohibida la contratación de menores de edad, ya que esta actividad está configurada dentro de los trabajos peligrosos, por la manipulación de pesos excesivos, sustancias tóxicas, entre otros.


De otro lado, recuerda que la jornada laboral de los trabajadores agrarios adultos no debe exceder de ocho horas diarias o 48 semanales, de lo contrario se deben pagar las horas extras.


Entre el 2023 y 2024, la Sunafil ha realizado 426 inspecciones para verificar la formalización laboral de los trabajadores del sector agrario.


La Sunafil reafirma su compromiso de seguir promoviendo una cultura de seguridad y salud en el trabajo, en el contexto de una política preventiva, y en cumplimiento de la normativa de seguridad y salud en el trabajo, con el propósito de reducir las muertes y accidentes relacionados al mismo.

Fuente: El Peruano

Fecha: 23/06/2024

El MEF fortalecerá a las microfinancieras

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la modificación del Reglamento Operativo del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas, a fin de fortalecer a estas entidades.

Así lo determinó mediante la Resolución Ministerial N° 214-2024-EF/15, publicada ayer en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

El propósito de la norma es aplicar mejoras en el proceso de implementación del Programa, en concordancia con el objetivo de lograr el fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas.

Modalidades

Señala que el subprograma de Facilitación de la Reorganización Societaria comprende cualquiera de las modalidades de reorganización societaria previstas por las normas legales vigentes, incluyendo otros mecanismos contemplados en el marco de la ley general, tales como la transferencia de activos y pasivos.

Para la valorización de las instituciones especializadas en microfinanzas (IEM) a transferir se considera como pasivo la participación de Cofide en representación del Estado a través de acciones preferentes o de bonos subordinados, según se trate de cada subprograma de fortalecimiento patrimonial.

Precisa que dicha obligación, en caso de las acciones preferentes, es valorizada a valor nominal al momento de la suscripción, luego de deducir los repagos efectuados hasta el momento de la valorización y, en caso de los bonos subordinados, es valorizada a valor nominal al momento de la emisión luego de deducir el pago efectuado por el capital de los cupones hasta el momento de la valorización.

Agrega que el pago de la obligación descrita se puede realizar en efectivo o mediante bonos subordinados emitidos por la entidad del sistema financiero (ESF) adquiriente, los cuales cumplen con ciertas características. Entre ellas, se considera como capital ordinario de nivel 1, sin estar sujeta a descuento para su cómputo en el patrimonio efectivo. Hay un periodo de gracia de un año, en que solo se pagan los intereses.

Innovación

De otro lado, el Produce aprobó la transferencia de un millón 688,412 soles para la ejecución de proyectos innovadores en diversos sectores productivos, a fin de incrementar la productividad y exportación de las mipymes. La disposición legal establece que las subvenciones otorgadas a personas naturales y jurídicas privadas están destinadas a financiar los proyectos seleccionados a través de los concursos StartUp Perú; Mipymes Digitales, Mipymes de Calidad, el Programa de Apoyo a la Internacionalización, entre otros.

Fuente: El Peruano

Fecha: 24/06/2024

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.