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Sentencia del Primer Pleno Casatorio sobre reposición a través de un CAS

DispositivoCasación Laboral N° 32846-2022-Huánuco
Fecha de publicaciónLunes, 06 de mayo de 2024
Fecha de vigenciaMartes, 07 de mayo de 2024

El caso que es materia de casación es uno de reposición en el que un obrero municipal, contratado a través de un contrato administrativo de servicios (CAS), solicita su reposición en el empleo en el régimen del Decreto Legislativo Nº 728.

En tal sentido, se establece que constituye PRECEDENTE VINCULANTE lo dispuesto en el numeral 77 de la resolución:

“77. En tal virtud, con el objeto de ordenar las diferentes posiciones interpretativas que operan en la jurisprudencia nacional, respecto a si los obreros municipales se encuentran dentro del ámbito de aplicación del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1057, este Pleno Casatorio, partiendo del análisis de este caso en concreto, establece como precedente vinculante:

Los trabajadores que tienen la condición de obreros municipales se encuentran sujetos al régimen laboral de la actividad privada; en consecuencia, no pueden ser contratados válidamente bajo los alcances del régimen especial de contratación administrativa de servicios (Decreto Legislativo 1057)”.

El precedente establecido es de vinculación inmediata desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.