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Fe de erratas Decreto de Urgencia N§ 002-2021

Mediante el Presente Decreto de Urgencia se publica la Fe de Erratas del art&iacuteculo 3&deg del Decreto de Urgencia N&ordm 002-2021, publicado en la edición del d&iacutea 14 de enero de 2021.

DEBE DECIR:

&ldquoArt&iacuteculo 3.- Medidas extraordinarias en materia de contratación de personal del Sector Salud

3.1. Autor&iacutezase a las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, de los Gobiernos Regionales, Direcciones Regionales de Salud, Gerencias Regionales de Salud, al Instituto Nacional de Salud y al Instituto Nacional de Enfermedades Neopl&aacutesicas, la contratación de personal bajo la modalidad del r&eacutegimen especial del Decreto Legislativo N&deg 1057 para prestar servicios asistenciales en los establecimientos de salud del primer, segundo y tercer nivel de atención en el Sistema de Atención Móvil de Urgencia &ndash SAMU en los Centros de Atención y Aislamiento Temporal en los Centros de Aislamiento Temporal y Seguimiento en el Instituto Nacional de Salud y en el Centro Nacional de Epidemiolog&iacutea, Prevención y Control de Enfermedades para la atención de la Emergencia Sanitaria causada por la COVID-19. (&hellip)&rdquo

Vigencia: Desde el 24/01/2021

Fe de erratas Decreto de Urgencia N§ 002-2021

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.