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Mediante la presente Ley se derogan los art&iacuteculos 2, 3, 4, 13, la cuarta disposición complementaria final y la &uacutenica disposición derogatoria del Decreto de Urgencia N&deg 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del sector p&uacuteblico.

Asimismo, se restituye la Ley N&deg 24041, que establece que los servidores p&uacuteblicos contratados para labores de naturaleza permanente, que tengan m&aacutes de un a&ntildeo ininterrumpido de servicios, no pueden ser cesados ni destituidos sino por causas previstas en el Cap&iacutetulo V del Decreto Legislativo N&deg 276 y con sujeción al procedimiento establecido en &eacutel, as&iacute como el literal n) del numeral 8.1 del art&iacuteculo 8 y el numeral 27.2 del art&iacuteculo 27 del Decreto de Urgencia N&deg 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el presupuesto del sector p&uacuteblico para el a&ntildeo fiscal 2020.

Vigencia: Desde el 24/01/2021

Ley N§ 31115

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.