Como es de conocimiento general, mediante la Ley N° 31072 (24/11/2020), se establece el marco jurídico de la sociedad de beneficio e interés colectivo (BIC), sociedad constituida bajo alguna de las formas establecidas en la Ley General de Sociedades y que se obliga por su propia voluntad a generar un impacto positivo, integrando a su actividad económica la consecución del propósito de beneficio social y ambiental elegido.
Mediante la presente disposición, se crea el Reglamento de la Ley N° 31072, que regula algunos aspectos referido al funcionamiento de las sociedades BIC. Asimismo, se establecen algunas definiciones como que se debe entender por objetivos sociales y ambientales, entre otros aspectos.
Finalmente, cabe señalar que la norma no precisa un tratamiento particular a nivel tributario por lo tanto las sociedades que se acojan a esta disposición, se rigen por el régimen tributario que les corresponda.
Vigencia: Desde el 24/02/2021
Decreto Supremo Nø004-2021-PRODUCE