Mediante el Proyecto de Ley Nº 7041/2023-CR, presentado al Congreso de la República el día 14 de febrero de 2024, se plantea modificar el T.U.O. de la Ley del Impuesto a la Renta, en específico, el nacimiento de la obligación tributaria para las rentas de primera categoría.
Este PL pretende ser aplicado obligatoriamente a todas las rentas de primera categoría previstas en el artículo 23 de la Ley del Impuesto a la Renta, y propone modificar el literal b) del artículo 57 del T.U.O. de la Ley del Impuesto a la Renta, en los siguientes términos:
“Articulo 57.- A los efectos de esta Ley, el ejercicio gravable comienza el 1 de enero de cada afio y finaliza el 31 de diciembre, debiendo coincidir en todos los casos el ejercicio comercial con el ejercicio gravable, sin excepcion.
Las rentas se imputan al ejercicio gravable de acuerdo con las siguientes normas: (…)
b) Las rentas de primera categoria se imputan al ejercicio gravable en que se perciban. (…)”
Por lo tanto, el mencionado proyecto, plantea cambiar el criterio de imputación de las rentas de primera categoría del devengado al percibido.
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 7041/2023-CR en el siguiente enlace: http://tinyurl.com/yckcb47r
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 15/02/2024