Como es de conocimiento general, el Decreto Legislativo 299, y el Decreto Legislativo N° 915 regulan las operaciones de arrendamiento financiero.
Mediante la Casación Nº 46348-2022 LIMA, la Corte Suprema precisa que las normas internacionales de contabilidad no constituyen fuentes del derecho tributario debido a que la naturaleza de estas normas es uniformizar las normas contables a nivel mundial, ello con finalidad de que los estados financieros sean compatibles y transparentes.
Asimismo, la Corte Suprema señala que de considerar en los fundamentos las mencionadas normas como una fuente de derecho, se estaría vulnerando las normas III y IX del título preliminar del Código Tributario.
Por tanto, en la medida que las referidas normas contienen una regulación, sobre el arrendamiento financiero y de la misma se desprende que las comisión de estructuración no es parte del costo del activo, no correspondería la aplicación de las normas contables.
Puede acceder al pronunciamiento de la Corte Suprema, aquí: http://tinyurl.com/4jj8f6jx
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 17/01/2024