Tipo de Norma: Ley
Número de Norma: Nº 31974
Fecha de Publicación: Jueves, 11 de enero de 2024
Mediante la Ley Nº 31974, se autoriza excepcionalmente a la Sunat para que disponga de los bienes y mercancías -en situación de abandono legal o voluntario, incautados o comisados, provenientes de acciones de control realizadas- que tenga bajo custodia en sus almacenes y en los almacenes aduaneros; y que hayan ingresado hasta el 31 de diciembre de 2022.
Del mismo modo, se le otorga la facultad para adjudicar, rematar, destruir o entregar al sector competente -según su naturaleza o estado de conservación, al margen de que estos se encuentren con proceso administrativo o judicial en trámite- los bienes y mercancías.
Cabe señalar que esta disposición no se regirá por la normativa aplicable a la Comisión Nacional de Bienes Incautados (Conabi), ni alcanza a las mercancías comisadas o embargadas de conformidad con el Código Tributario y el Decreto Legislativo 1373, Decreto Legislativo sobre extinción de dominio.
Con la presente ley se establece que la Sunat publicará en su portal institucional las resoluciones de adjudicación de bienes dentro de los cinco primeros días hábiles de cada mes siguiente a su emisión.
Vigencia: Desde el 12/01/2024.