Tipo de Norma: Decreto Supremo
Número de Norma: Nº 319-2023-EF
Fecha de Publicación: Sábado, 30 de diciembre de 2023
Como es de conocimiento general, mediante el Decreto Legislativo N° 1532 se regula el procedimiento de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa (SSCO) y señala diversos aspectos a ser establecidos a través de la norma reglamentaria, entre ellos: los datos mínimos que debe contener la carta, el requerimiento con los que se presenta al agente fiscalizador y se comunica el inicio del procedimiento de atribución de la condición de SSCO, las situaciones detectadas en la verificación de campo y de sus fuentes de información, respectivamente, y el plazo por el cual se mantiene la publicación de la relación de SSCO en la página web de la Sunat.
En ese contexto, con el Decreto Supremo Nº 319-2023-EF se aprueba el Reglamento del Procedimiento de Atribución de la Condición de SSCO, conformado por doce (12) artículos, estableciendo las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la aplicación del Decreto Legislativo N° 1532.
Cabe resaltar que, el presente reglamento señala cuáles son los datos mínimos que debe contener la carta, estos serían los siguientes conforme al artículo 5:
a) Nombre(s) y apellidos del sujeto o su denominación o razón social.
b) Domicilio fiscal.
c) Número de RUC.
d) Número de la carta, del requerimiento o del resultado del requerimiento, según corresponda.
e) Fecha de la carta, del requerimiento y del resultado del requerimiento.
f) Nombre(s) y apellidos del (de los) trabajador(es) competente(s) de la SUNAT que firma(n) el documento y su firma.
Finalmente, resulta importante mencionar que la publicación de la relación del SSCO se mantiene en la página web de la Sunat por un plazo de 4 años a partir del día calendario siguiente de efectuada la publicación en la página web de la Administración Tributaria y en el Diario Oficial “El Peruano”.
Vigencia: Desde el 31/12/2023.