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Se aprueba el Reglamento del Procedimiento de Atribución de la Condición de Sujeto sin capacidad operativa

Tipo de Norma: Decreto Supremo

Número de Norma: Nº 319-2023-EF

Fecha de Publicación: Sábado, 30 de diciembre de 2023

Como es de conocimiento general, mediante el Decreto Legislativo N° 1532 se regula el procedimiento de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa (SSCO) y señala diversos aspectos a ser establecidos a través de la norma reglamentaria, entre ellos: los datos mínimos que debe contener la carta, el requerimiento con los que se presenta al agente fiscalizador y se comunica el inicio del procedimiento de atribución de la condición de SSCO, las situaciones detectadas en la verificación de campo y de sus fuentes de información, respectivamente, y el plazo por el cual se mantiene la publicación de la relación de SSCO en la página web de la Sunat.

En ese contexto, con el Decreto Supremo Nº 319-2023-EF se aprueba el Reglamento del Procedimiento de Atribución de la Condición de SSCO, conformado por doce (12) artículos, estableciendo las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la aplicación del Decreto Legislativo N° 1532.

Cabe resaltar que, el presente reglamento señala cuáles son los datos mínimos que debe contener la carta, estos serían los siguientes conforme al artículo 5:

a) Nombre(s) y apellidos del sujeto o su denominación o razón social.

b) Domicilio fiscal.

c) Número de RUC.

d) Número de la carta, del requerimiento o del resultado del requerimiento, según corresponda.

e) Fecha de la carta, del requerimiento y del resultado del requerimiento.

f) Nombre(s) y apellidos del (de los) trabajador(es) competente(s) de la SUNAT que firma(n) el documento y su firma.

Finalmente, resulta importante mencionar que la publicación de la relación del SSCO se mantiene en la página web de la Sunat por un plazo de 4 años a partir del día calendario siguiente de efectuada la publicación en la página web de la Administración Tributaria y en el Diario Oficial “El Peruano”.

Vigencia: Desde el 31/12/2023.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.