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Aprueban cronograma para la Declaración Anual del Impuesto a la Renta y el ITF para el ejercicio 2023

Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia

Número de Norma: Nº 000269-2023/SUNAT

Fecha de Publicación: Domingo, 31 de diciembre de 2023

Como es de conocimiento general, la Resolución de Superintendencia Nº 271-2019/SUNAT establece las disposiciones y formularios para la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del ejercicio gravable 2019 y siguientes.

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000269-2023/SUNAT se aprueba el cronograma general para la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras y para las personas naturales y micro y pequeñas empresas, comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley Nº31940[1], correspondiente al ejercicio gravable 2023.

El cronograma será de la siguiente forma para aquellos que apliquen a la mencionada Ley:

ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC Y OTROSFECHA DE VENCIMIENTO
027 de mayo de 2024
128 de mayo de 2024
229 de mayo de 2024
330 de mayo de 2024
431 de mayo de 2024
53 de junio de 2024
64 de junio de 2024
75 de junio de 2024
86 de junio de 2024
910 de junio de 2024
Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC11 de junio de 2024

Por otro lado, aquellos sujetos que no estén comprendidos a dicho beneficio, el cronograma será de la siguiente forma:

ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC Y OTROSFECHA DE VENCIMIENTO
026 de marzo de 2024
127 de marzo de 2024
21 de abril de 2024
32 de abril de 2024
43 de abril de 2024
54 de abril de 2024
65 de abril de 2024
78 de abril de 2024
89 de abril de 2024
910 de abril de 2024
Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC11 de abril de 2024

Asimismo, se pone a disposición los formularios virtuales para la presentación de la Declaración correspondiente al ejercicio gravable 2023, de acuerdo con lo siguiente:

1. El Formulario Virtual N° 709-Renta Anual-Persona Natural está disponible en SUNAT Virtual y en el APP Personas SUNAT a partir del 12 de febrero de 2024.

2. El Formulario Virtual N° 710: Renta Anual-Simplificado-Tercera Categoría y el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual-Completo-Tercera Categoría e ITF están disponibles en SUNAT Virtual a partir del 2 de enero de 2024.

Vigencia: Desde el 01/01/2024.


[1] 1. A la persona natural que tenga la obligación de presentar la Declaración por rentas distintas a las de tercera categoría.

2. A las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE), definidas como tales en el artículo 4 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado por el Decreto Supremo N.° 013-2013-PRODUCE, que hayan obtenido ingresos anuales hasta el monto máximo de 1700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), considerando para tal efecto los ingresos netos anuales del año anterior al de la declaración, gravados con el Impuesto a la Renta.

3. A los sujetos comprendidos en el Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta, creado por el Decreto Legislativo N.° 1269.

No se encuentran comprendidas en esta definición las micro y pequeñas empresas (MYPE) que sean parte de un conjunto de agentes económicos nacionales o extranjeros, conformado al menos por dos miembros, cuando (i) alguno de ellos ejerce control sobre el otro u otros; o (ii) cuando el control sobre los agentes económicos corresponde a una o varias personas naturales que actúan como una unidad de decisión.

Para estos efectos se entiende por control, la posibilidad de ejercer una influencia decisiva y continua sobre uno o varios agentes económicos mediante:

a) derechos de propiedad o de uso de la totalidad o de una parte de los activos de una empresa, o

b) derechos o contratos que permitan influir de manera decisiva y continua sobre la composición, deliberación o decisiones de los órganos de una empresa determinada directa o indirectamente la estrategia competitiva.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.