Como es de conocimiento general, mediante el artículo 2 de la Ley N° 30341 se estableció la exoneración de la enajenación de valores negociados en el mercado de valores peruano. La vigencia de esta medida se prorrogó por el Decreto de Urgencia N° 005-2019 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Asimismo, mediante la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31662 prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2023 la exoneración del impuesto a la renta por las rentas provenientes de la enajenación de valores prevista en la Ley N° 30341, Ley que fomenta la liquidez e integración del Mercado de Valores.
Mediante el Proyecto de Ley Nº 6473/2023-CR, presentado al Congreso de la República el día 22 de noviembre de 2023, se plantea prorrogar la exoneración del Impuesto a la Renta sobre la enajenación de valores establecida en la Ley N° 30341 acorde a los siguientes puntos:
- La exoneración es aplicable a las ganancias de capital generadas por una persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal.
- La exoneración aplica hasta las primeras cien 100 UIT de la ganancia de capital generada en cada ejercicio gravable.
Ahora bien, dicha propuesta fue aprobada el día de ayer por mayoría a través de la Comisión de Economía, la cual será debatida en el Pleno del Congreso de la República.
Fuente: Staff de Contadores & Empresas
Fecha: 13/12/2023