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Facultad discrecional de infracciones vinculadas al SIRE

Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos

Número de Norma: N° 00039-2023-SUNAT/700000

Fecha de Publicación: Viernes, 10 de noviembre de 2023

Como es de conocimiento general, a través de la Resolución de Superintendencia (R.S) Nº 000112-2021/SUNAT, se establecieron nuevas disposiciones para el llevado del Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica, aprobándose el módulo RVIE.

Asimismo, mediante la R.S. N° 000040-2022/SUNAT, se aprobó el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), conformado por el Módulo para el llevado del Registro de Compras de manera electrónica (RCE) y el módulo del Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica (RVIE), y se modificaron los párrafos 2.1 del artículo 2, los párrafos 3.1 y 3.5 del artículo 3, el primer párrafo del artículo 4 y el primer párrafo del párrafo 8.3 del artículo 8 de la R.S. N° 000112-2021/SUNAT.

A través de la presente Resolución, se aplica la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario vinculadas al SIRE.

Dentro del siguiente cuadro, se pueden observar los criterios establecidos:

Vigencia: Desde el 11/11/2023

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.