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AFP: proponen nuevo retiro de 4 UIT para compensar las pérdidas por protestas sociales

El congresista Guido Bellido (Perú Bicentenario) presentó este lunes un proyecto de ley en el Congreso autorizando de manera excepcional y facultativo por parte de los afiliados, un nuevo retiro de los fondos privados de pensiones hasta por 4 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a 19,800 soles.

En su exposición de motivos, el ex primer ministro refiere que las protestas sociales ocurridas en el país entre los meses de diciembre del 2022 y enero del presente año, han generado graves pérdidas en la economía familiar, en sectores como turismo, comercio, transporte, alimentos, lo que ha ocasionado que muchos trabajadores se queden sin empleo, lo que se mantendría hasta la fecha.

En ese sentido, refiere que la liberación de los fondos va a permitir afrontar las pérdidas económicas, dinamizar la economía familiar o local, satisfacer las principales necesidades de los trabajadores que perdieron el trabajo, afrontar el desempleo en los hogares, accediendo a servicios de salud y educación.

“El proyecto de ley que estamos impulsando, tendrá un impacto positivo desde su entrada en vigencia, pues va a permitir satisfacer las necesidades básicas de la población afiliada al SPP (Sistema Privado de Pensiones), ante las carencias generadas por las protestas que se han suscitado en nuestro país y afectado el sector económico, asimismo, la liberación de los fondos será útil para dinamizar la economía familiar dentro de nuestro Estado”, señala el documento.

Procedimiento

El proyecto del congresista Bellido propone el siguiente procedimiento, en caso de ser aprobado por el pleno, para el retiro de los 19,800 soles.

a) Los afiliados ingresarán sus solicitudes de manera física o virtual, dentro de los noventa (90) días calendarios posteriores a la publicación y vigencia del reglamento de la presente ley.

b) El primer abono será por una (1) unidad impositiva tributaria cada treinta días calendarios; el primer desembolso se efectuará a los treinta (30) días calendarios de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones donde pertenezca el afiliado.

c) El segundo abono será por una (1) unidad impositiva tributaria, se efectuará dentro de los 30 días calendarios, contabilizados desde el primer desembolso por la AFP.

d) El tercer abono será de hasta por dos unidades (2) unidades impositivas tributarias, se efectuará dentro de los 30 días calendarios, contabilizados desde el segundo desembolso por la AFP.

e) En el caso que el afiliado desista de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones, diez (10) días antes del desembolso respectivo.

El proyecto también remarca que el retiro de este dinero tiene la condición de intangible, salvo que se trate de deudas alimentarias, hasta por un máximo del 30% de lo retirado.

Fuente: Diario El Peruano

Fecha: 16/05/2023

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.