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Sunat publica el Anexo vinculado a bancarización de pagos a no domiciliados

Como se recordará con la dación del D. Leg. N° 1529 (03/03/2022), en su tercera  DCF, se estableció que en ningún caso se considera cumplida la obligación de utilizar Medios de Pago cuando los pagos se canalicen a través de empresas bancarias o financieras que sean residentes de países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición o establecimientos permanentes situados o establecidos en tales países o territorios.

Indicándose que se considera como tales a los señalados en el Anexo 1 del Reglamento de la LIR que no tengan vigente con el Perú un Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria o CDI que incluya una cláusula de intercambio de información, de acuerdo a lo que se señale mediante decreto supremo.

Así, posteriormente, en el artículo 4 del D.S. N° 323-2022-EF (29/12/2022), se estableció que la Sunat debía publicar en su sede digital, un Anexo que contenga como mínimo la siguiente información actualizada:

a) Países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición señalados en el Anexo 1 del Reglamento de la LIR que tengan vigente un Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria o CDI que incluya una cláusula de intercambio de información;

b) La indicación de si se trata de un Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria o CDI que incluya una cláusula de intercambio de información; y,

c) La fecha de vigencia del referido Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria o CDI.

Asimismo, se estableció que la condición establecida en el segundo párrafo de la Tercera DFC del D. Leg. N° 1529 se debe verificar en el momento en que se realiza el pago de obligaciones a personas naturales y/o jurídicas no domiciliadas, disposición que está vigente a partir del 1 de enero de 2023[1].

En ese contexto, el referido anexo, ya ha sido publicado por la Sunat:

[1] Conforme lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final del D.S N° 323-2022-EF, lo previsto en su artículo 4 entra en vigencia el 1 enero del 2023.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.