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Proyecto de Ley que plantea reducir costos de importación de combustibles

Cómo es de conocimiento general, un beneficio tributario es un tratamiento diferenciado que comprende distintas figuras como: deducciones a la base, eliminación de obligaciones formales, o detracciones de la cuota, entre otros.

Mediante el Proyecto de Ley N° 4022/2022-CR presentado al Congreso de la República el día 19 de enero de 2023, se plantea excluir de la base imponible para la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas, un porcentaje de los gastos de transporte y de los gastos conexos al citado transporte, desde el lugar de entrega de las mercancías en el exterior hasta el lugar de importación, para la importación definitiva de las siguientes subpartidas arancelarias del nuevo Apéndice III de la Ley del IGV e ISC:

Partidas ArancelariasDescripción
2710.12.13.21
2710.12.19.00
2710.12.20.00
2710.20.00.90
Gasolina para motores con 7,8% en volumen de alcohol carburante, con un 2710.20.00.90 número de Octano Research (RON) superior o igual a 84, pero inferior a 90.
2710.12.13.29
2710.12.19.00
2710.12.20.00
2710.20.00.90
Las demás gasolinas para motores, con un número de Octano Research (RON) superior o igual a 84, pero inferior a 90.
2710.12.13.31
2710.12.19.00
2710.12.20.00
2710.20.00.90
Gasolina para motores con 7,8% en volumen de alcohol carburante, con un número de Octano Research (RON) superior o igual a 90, pero inferior a 95.
2710.12.13.39
2710.12.19.00
2710.12.20.00 2710.20.00.90
Las demás gasolinas para motores, con un número de Octano Research RON) superior o igual a 90, pero inferior a 95
2710.19.14.00/ 2710.19.15.90Queroseno y Carburorreactores tipo queroseno para reactores y turbinas (Turbo A1)
2710.19.21.11/ 2710.19.21.99Gasoils (gasóleo)
2710.20.00.11Diésel B2, con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm
2710.20.00.12 /2710.20.00.13Diésel B5 y Diésel B20, con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm
2710.20.00.19Las demás mezclas de Diésel 2 con Biodiésel B100

Cabe resaltar que la vigencia del presente proyecto en caso de ser aprobada, sería de 6 meses, la cual podría ser prorrogada por un máximo de 6 meses adicionales, previa evaluación de la evolución del precio internacional del petróleo y su incidencia en los precios internos.

Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley N° 4022/2022-CR en el siguiente enlace:

https://tinyurl.com/3n2axre5

Si necesita asesoría sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Fuente: Staff Contadores & Empresas

Fecha: 20/01/2023

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.