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Devolverán IGV a turistas extranjeros

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de la Administración Tributaria (Sunat) modificó el reglamento de comprobantes de pago para facilitar la emisión de facturas a los turistas extranjeros aun sin número de RUC, así como de notas de crédito y de débito vinculadas a estas.

De esta forma, el ente tributario dispuso realizar cambios a la normativa sobre comprobantes de pago para permitir la emisión de facturas a extranjeros no domiciliados que ingresen al país en calidad de turistas, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000005-2023/Sunat.

Lineamientos

En este sentido, se permitirá la emisión de facturas en la venta de bienes que realicen los establecimientos autorizados a extranjeros no domiciliados que ingresen al país en calidad de turistas, que sean llevados al exterior al retorno a su país por vía área o marítima, siempre que los traslade el propio adquiriente.

La norma agrega que para la factura electrónica destinada a sujetos no domiciliados, se exceptuará del requisito de consignación del número de RUC del adquiriente o usuario. En este caso, se deberá ingresar los nombres y apellidos, denominación o razón social del adquiriente o usuario, entre otros aspectos.De acuerdo con la administración tributaria, los cambios obedecen a que las disposiciones vigentes no contemplan la emisión de facturas ya sea físicas ni electrónicas a turistas que carecen de RUC; siendo que la emisión de facturas es necesaria para que pueda implementarse la devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) a turistas, de conformidad con el artículo 76 de la Ley del IGV.

Esta última dispone la devolución del IGV que grave la venta de bienes adquiridos por extranjeros no domiciliados que ingresen al país en calidad de turistas, que sean llevados al exterior al retorno a su país por vía aérea o marítima, siempre que los traslade el propio turista, remarca la administración tributaria.

Detracciones

Este viernes, además, vence el plazo otorgado por la administración tributaria para que los contribuyentes que cuenten con saldos en sus cuentas de detracciones puedan solicitar la liberación de estos recursos y así poder utilizarlos en sus actividades económicas.

La medida forma parte de la estrategia del Gobierno para reactivar la economía nacional. Mediante el sistema de detracciones se generan los fondos para el pago de los impuestos recaudados por la Sunat, a través de depósitos que se deben efectuar en las cuentas que tienen habilitadas en el Banco de la Nación (BN).

Fuente: Diario El Peruano

Fecha: 11/01/2023

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.