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Disponen trabajo presencial a personal de la Corte Superior de Justicia de Lima en el mes de enero

Tipo de Norma: Resolución Administrativa

Número de Norma: N° 000511-2022-P-CSJLI-PJ

Fecha de Publicación: Jueves, 29 de diciembre de 2022

Por medio de la resolución referida se establece, del 1 al 31 de enero de 2023, que las labores jurisdiccionales y administrativas del personal auxiliar de las sedes de la Corte Superior de Justicia de Lima se realizarán en forma presencial durante toda la jornada de trabajo, la misma que se efectivizará de 08:00 a 17:00 horas, con una hora de refrigerio comprendido de 13:00 a 14:00 horas, para lo cual se debe observar y garantizar el distanciamiento físico de un metro, debiendo verificar los jefes de área la estricta observancia de esta medida, bajo responsabilidad.

Asimismo, se dispone, del 1 al 31 de enero de 2023, que todos los magistrados realizarán trabajo presencial diario en jornada completa, dentro del horario de 08:00 a 17:00 horas, con una hora de refrigerio de 13:00 horas a 14:00 horas. Para tal efecto, deberán registrar sus asistencias y/o labores mediante los registros tradicionales. Los reportes diarios de asistencia serán remitidos, en el día, por los administradores de sedes pisos o módulos a la Coordinación de Recursos Humanos al correo: mvalls@pj.gob.pe, bajo responsabilidad, para su remisión y análisis por la Oficina de Productividad Judicial, conforme a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 000316-2021-CE-PJ.

En relación a los magistrados y el personal jurisdiccional y administrativo con factores de riesgo al COVID-19, de acuerdo con las nuevas disposiciones, realizarán trabajo presencial diario en jornada completa. Excepcionalmente, realizarán trabajo remoto, siempre que hayan acreditado su vulnerabilidad con el informe clínico actualizado y debidamente reevaluado por el Equipo de Profesionales Médicos Ocupacionales (EPMO) de la Corte Superior de Justicia de Lima. El trabajo remoto se desarrollará registrando sus actividades mediante el Sistema de Gestión de Trabajo Remoto, y conforme a lo indicado en la versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”.

En cuanto, a los magistrados que se encuentran con factores de riesgo al COVID-19 y que realizan trabajo remoto deberán, en el plazo de 48 horas, informar a la Secretaría General de la Corte Superior de Justicia de Lima su domicilio real en el cual efectuarán sus labores remotas en el horario de trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 34, numeral 15) de la Ley de la Carrera Judicial, bajo responsabilidad funcional. Igual regla rige para el personal jurisdiccional y administrativo con factores de riesgo al COVID-19 que realiza trabajo remoto, quienes deberán informar su domicilio real a la Coordinación de Recursos Humanos, bajo responsabilidad funcional; quienes además deben justificar el trabajo remoto diario que realizan, ante el jefe inmediato.

Ahora bien, los magistrados atenderán de manera presencial a los abogados y partes procesales (de lunes a viernes de 08:15 a 09:15 horas y de 16:15 a 16:45 horas) o a través de la herramienta informática “El Juez te escucha, programa tu cita”. En caso de requerirse de atención presencial, el interesado deberá generar su cita a través del siguiente link: (https://cej.pj.gob.pe/citas/ pages/seguridad/login.xhtml), debiendo apersonarse a la sede judicial respectiva con la captura de pantalla de la cita correspondiente.

Se autoriza a los magistrados que efectúan trabajo remoto, por razones de vulnerabilidad, al retiro de los expedientes de sus respectivos despachos. Igualmente, en los despachos tradicionales, se autoriza a los jueces a designar al personal a su cargo encargado del retiro de dichos expedientes, responsabilidad que será asumida por el administrador respectivo del despacho corporativo, en ambos casos bajo responsabilidad funcional; y, para tal efecto se establecen los siguientes lineamientos:

  1. Los magistrados o el administrador, según sea el caso, comunicarán el retiro de expedientes a la Gerencia de Administración Distrital, conteniendo la relación del personal autorizado, indicando los expedientes a retirar por cada trabajador, el número, partes procesales, acompañados, folios, y la sede judicial; la cual será firmada y entregada bajo cargo al personal designado.
  2. La salida y retorno de los expedientes de las sedes judiciales según la relación, será verificada en las puertas de acceso por el personal de seguridad de la sede.
  3. La información conteniendo la relación del personal autorizado y de los expedientes a retirar con los datos citados en el numeral 1, deberá ser remitido al correo electrónico: gadcsjlima@pj.gob.pe.

Finalmente, para el desarrollo de las labores presenciales se deberá considerar las medidas que permitan mantener el distanciamiento físico de un metro entre las personas, promoviendo el uso facultativo de mascarillas entre los magistrados y el personal jurisdiccional y administrativo; para tal efecto, los administradores de sedes, pisos y módulos y la Coordinación de Seguridad integral, serán responsables de supervisar la ejecución de los protocolos de bioseguridad, así como velar por su cumplimiento durante la atención al público usuario, bajo responsabilidad funciona.

Vigencia: Desde el 30/12/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.