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Incorporan disposición en el Reglamento contra el Abuso de Mercado de la SMV

Tipo de Norma: Resolución SMV

Número de Norma: N° 028-2022-SMV/01

Fecha de Publicación: Miércoles, 30 de noviembre de 2022

Cómo es de conocimiento general, mediante Resolución SMV N° 005-2012-SMV/01, se aprobó el Reglamento contra el Abuso de Mercado – Normas sobre uso indebido de Información Privilegiada y Manipulación de Mercado a fin de desarrollar las disposiciones establecidas en la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861, referidas a las prácticas de abuso de mercado, como son el uso indebido de información privilegiada y la manipulación de mercado.

A través de la presente disposición, se incorpora un tercer párrafo al inciso 6.1. del artículo 6 del Reglamento contra el Abuso de Mercado – Normas sobre uso indebido de Información Privilegiada y Manipulación de Mercado vinculado a las prohibiciones con la siguiente redacción:

Artículo 6°.- PROHIBICIONES

(…)

Los directores o gerentes de un emisor no pueden realizar operaciones mediante administración de cartera, cualquiera sea su modalidad, con valores emitidos por el emisor en el cual ejercen la función de director o gerente. Los mencionados directivos deben informar por escrito a su administrador de cartera, la relación de emisores en los que ejercen la función de director o gerente, e indicarle expresamente que no realice operaciones con los valores emitidos por tales emisores. Asimismo, deben informar por escrito a su administrador de cartera, cualquier cambio con relación a la información que hayan brindado. Dicha información debe entregarse dentro del día hábil siguiente de producido el cambio.”

Vigencia: Desde el 01/12/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.