Cómo es de conocimiento general, mediante el artículo 38 del Código Tributario, se regulan las disposiciones vinculadas a la devolución de pagos indebidos o en exceso.
Mediante el Proyecto de Ley Nº 03678/2022-CR presentado al Congreso de la República el día 28 de noviembre de 2022, se plantea modificar el artículo 38 del Código Tributario, así como el artículo 5 de la Ley N° 28053 a fin de sincerar los intereses por las devoluciones de los pagos tributarios realizados indebidamente o en exceso, y de las devoluciones por retenciones y/o percepciones no aplicadas del IGV.
En ese sentido, se pueden resaltar respecto del presente proyecto lo siguiente:
- Dentro de la modificación del artículo 38 del Código Tributario, se plantea aplicar en las devoluciones de pagos realizados indebidamente o en exceso la tasa de interés moratorio prevista en el artículo 33 del Código Tributario.
- Finalmente, la modificación del artículo 5 de la Ley N° 28053 sobre las percepciones y retenciones por percepciones no aplicadas, propone utilizar la tasa de interés moratorio acorde al artículo 33 del Código Tributario.
Puede acceder al dictamen del Proyecto de Ley Nº 03678/2022-CR en el siguiente enlace:
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 29/11/2022