Tipo de Norma: Ley
Número de Norma: N° 31604
Fecha de Publicación: Sábado, 05 de noviembre de 2022
Por medio de la ley referida se modifica el artículo 3 de la Ley N° 31454, Ley que precisa la Ley N° 31173, Ley que garantiza el cumplimiento de la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia del COVID-19; a fin de garantizar su ejecución.
Del mismo modo, se modifica el artículo 3 de la Ley N° 31454, Ley que precisa la Ley N° 31173, Ley que garantiza el cumplimiento de la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia del COVID-19, en los siguientes términos:
Artículo 3. Precisión del artículo 5 de la Ley N° 31173
Se precia el artículo 5 de la Ley N° 31173, en el sentido de que la Comisión Ad Hoc está conformada por:
a) 3 representantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
b) 1 representante de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
c) 1 representantes de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (FENAF-PERÚ).
La Comisión la preside uno de los representantes de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (FENAF-PERÚ). La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) provee de infraestructura y recursos necesarios para el funcionamiento de la Comisión.
Vigencia: Desde el 06/11/2022