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Modifican Ley que garantiza el cumplimiento de la devolución de dinero del FONAVI

Tipo de Norma: Ley

Número de Norma: N° 31604

Fecha de Publicación: Sábado, 05 de noviembre de 2022

Por medio de la ley referida se modifica el artículo 3 de la Ley N° 31454, Ley que precisa la Ley N° 31173, Ley que garantiza el cumplimiento de la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia del COVID-19; a fin de garantizar su ejecución.

Del mismo modo, se modifica el artículo 3 de la Ley N° 31454, Ley que precisa la Ley N° 31173, Ley que garantiza el cumplimiento de la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia del COVID-19, en los siguientes términos:

Artículo 3. Precisión del artículo 5 de la Ley N° 31173

Se precia el artículo 5 de la Ley N° 31173, en el sentido de que la Comisión Ad Hoc está conformada por:

a) 3 representantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

b) 1 representante de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

c) 1 representantes de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (FENAF-PERÚ).

La Comisión la preside uno de los representantes de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (FENAF-PERÚ). La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) provee de infraestructura y recursos necesarios para el funcionamiento de la Comisión.

Vigencia: Desde el 06/11/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.