Cómo es de conocimiento general, mediante la Ley N° 31452, reglamentada por el Decreto Supremo N° 083-2022-EF, se exoneró del IGV, hasta el 31 de julio de 2022, los siguientes alimentos que forman parte de la canasta básica familiar:
PARTIDAS ARANCELARIAS | PRODUCTOS |
0207.11.00.00/ 0207.14.00.90 | Carne de aves de la especie Gallus domesticus frescos, refrigerados o congelados |
0407.21.90.00 | Huevos frescos de gallina de la especie Gallus domesticus |
1701.14.00.00 1701.99.90.00 | Azúcar |
1902.11.00.00/ 1902.19.00.00 | Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma |
1905.90.90.00 | Solo: pan |
A través del Proyecto de Ley Nº 03061/2022-CR presentado al Congreso de la República el día 14 de septiembre de 2022, se plantea establecer un nuevo plazo de vigencia de las medidas establecidas por la Ley N° 31452, es decir la exoneración a los productos de la canasta básica familiar citados. La vigencia de dicho beneficio sería de 90 días a partir del primer día del mes siguiente de la fecha de publicación de la ley que genere el proyecto.
Finalmente, es importante señalar que dicha propuesta se encuentra en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera desde el 15/09/2022.
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 03061/2022-CR en el siguiente enlace:
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 19/09/2022