Como es de conocimiento general, mediante el Decreto Legislativo N° 1455 (06/04/2020), se creó el Programa REACTIVA PERÚ, a través del cual se buscaba garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de empresas que enfrentaban pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios. Asimismo, mediante la Resolución Ministerial N° 134-2020-EF/15 (13/04/2020), se estableció el Reglamento Operativo del Programa.
Mediante el Proyecto de Ley 2989/2022-CR presentado al Congreso de la República el día 07 de setiembre de 2022, se plantea otorgar una nueva reprogramación de los créditos otorgados en el marco del Programa Reactiva Perú, para lo cual se plantea la modificación del Decreto de Urgencia N° 011-2022, que aprobó la primera reprogramación. Con relación a dicha reprogramación, el proyecto plantea lo siguiente:
- Para efectos de acceder a la reprogramación, se debería contar con crédito garantizado por hasta S/ 5’500 000,00. Además, para el caso de créditos entre S/5’500 001,00 hasta 10’000 000,00, se debería demostrar una caída en la utilidad bruta mayor o igual al 20 % en el año 2021 respecto al año 2019.
- Las empresas del Sistema Financiero (ESF) otorgarían un periodo de repago del capital de hasta 84 meses, siempre y cuando las empresas deudoras califiquen para la reprogramación.
- La tasa de interés de los créditos reprogramados sería la misma tasa de interés de los créditos que fueron otorgados en el marco del programa original más un margen adicional para cubrir el costo de la reprogramación de los créditos y el mayor costo de fondeo de la empresa del sistema financiero determinado en el Reglamento Operativo.
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 2989/2022-CR en el siguiente enlace:
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 12/09/2022