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Reasignación gradual y progresiva de los profesionales de la salud y personal técnico y auxiliar asistencial del MINSA

Tipo de Norma: Ley

Número de Norma: Nº 31553

Fecha de Publicación: Jueves, 11 de agosto de 2022

A través de la ley señalada se reasigna gradual y progresivamente a los profesionales de la salud y el personal técnico y auxiliar asistencial de la salud comprendidos en los numerales 3.1 y 3.2 del Decreto Legislativo 1153, del Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los gobiernos regionales y otras entidades, que se encuentren bajo la modalidad de destaque a las dependencias de salud de destino con un mínimo de 2 años continuos o mayor de 3 años discontinuos al 31 de diciembre de 2021.

De la cobertura, reconversión o reprogramación de plazas.

Tal reasignación se ejecutará a las plazas vacantes producidas anualmente por orden de prelación de antigüedad en un plazo no mayor de 5 años calendario, para cuyo fin las plazas vacantes existentes serán reconvertidas o reprogramadas a la categoría o nivel remunerativo que ostenta el personal destacado; en el caso de que no fueran suficientes las plazas vacantes, de manera gradual y progresiva de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, podrán crearse plazas a fin de cumplir con el 100 % de personal que se encuentre destacado que cumple con los requisitos para la reasignación dispuesta en el artículo 1 de la presente ley.

De la reasignación intrarregional.

Se autoriza a los gobiernos regionales, direcciones regionales de salud y los que hacen sus veces para el sinceramiento de las plazas vacantes existentes en su jurisdicción y, a través de sus documentos de gestión institucional, redistribuir dichas plazas a los establecimientos donde se encuentra el personal destacado que cumple con los requisitos para la reasignación dispuesta en el artículo 1 de la presente ley.

De la modificación de documentos de gestión institucional.

Se autoriza al Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales a modificar sus documentos de gestión institucional como son el cuadro para asignación de personal (CAP) y el presupuesto analítico de personal (PAP) o el cuadro de puestos de la entidad (CPE), según sea el caso de la entidad de destino.

Algunas disposiciones complementarias finales.

Vigencia: Desde el 12/08/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.