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Plazo para depositar gratificaciones de Fiestas Patrias, es hasta el viernes 15 de julio

Sin duda, uno de los meses más esperados del año para muchos trabajadores sujetos al régimen de la actividad laboral privada es julio, pues reciben la gratificación por Fiestas Patrias, cuyo plazo de abono se vence, justamente, el viernes 15 del presente mes.

Este beneficio se debe pagar a todos los trabajadores sujetos al régimen privado contratados a tiempo indeterminado, plazo fijo, tiempo parcial, siempre y cuando hayan laborado por lo menos un mes en el semestre que va del 1 de enero hasta el 30 de junio de este año. Ahora bien, para efectos de calcular el monto de la gratificación se determinará a cuánto ascendió la remuneración del trabajador el 30 de junio (remuneración computable). Si el trabajador laboró todo el semestre (enero-junio), la gratificación equivaldrá a una remuneración íntegra; y se reducirá proporcionalmente en su monto si el tiempo de servicios es menor. Se deberá tener en cuenta para su cálculo los meses y días laborados en el semestre. Cabe mencionar que, el 9 % que abonan los empleadores por aportaciones a EsSalud, en relación con las gratificaciones de julio y diciembre, se depositará a los trabajadores bajo la modalidad de bonificación extraordinaria de carácter temporal no remunerativo ni pensionable.

Fuente: Diario El Peruano

Fecha de publicación: 07/07/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.