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¿Cuál es el principal instrumento para la armonización de los intereses contradictorios de las partes en la relación laboral?

Corte Suprema estableció que la negociación colectiva constituye el principal instrumento para la armonización de los intereses contradictorios de las partes en la relación laboral. Aquí los detalles. [Casación Nº14995-2019/LIMA]

La negociación colectiva es concebida como la actividad o proceso encaminado a la conclusión de un acuerdo, contrato o convenio colectivo que den respuesta a los distintos intereses de las partes, fijando formas equitativas para la distribución de las cargas y beneficios y de los derechos y obligaciones.

Así lo ha señalado la Corte Suprema en la Casación Nº14995-2019-LIMA.

¿Cuál fue el caso?

Se interpuso recurso de casación por la parte demandante contra la sentencia de vista que confirmó la sentencia de primera instancia que declaró infundada la demanda en el proceso seguido con la parte demandada, Sociedad Minera Austria Duvaz Sociedad Anónima Cerrada y Cuprita J.P. Sociedad Anónima Cerrada, sobre desnaturalización de contrato y otros.

Sobre la negociación colectiva  

 El derecho de negociación colectiva es consustancial con el derecho de libertad sindical, toda vez que su ejercicio potencializa la actividad de la organización sindical, en tanto le permite a ésta cumplir la finalidad -que le es propia- de representar, defender y promover los intereses de sus afiliados, y hacer posible, real y efectivo el principio de igualdad de oportunidades en el trabajo.

Mediante el ejercicio del derecho de negociación colectiva se busca cumplir la finalidad de lograr el bienestar y la justicia social en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social. Es así, que, en algunas ocasiones, el derecho de negociación colectiva se hace efectivo a través de la celebración de acuerdos, contratos o convenios colectivos.

Por dicha razón, resulta válido afirmar que la negociación colectiva constituye el medio primordial de acción de la organización sindical para la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios.

Puede leer la casación completa AQUÍ.

Fuente: La Ley

Fecha: 17/06/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.