Tipo de Norma: Ley
Número de Norma: Nº 31469
Fecha de Publicación: Miércoles, 11 de mayo de 2022
A través de la Ley N° 31469 se modifica el artículo 10 de la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, en los términos siguientes:
Artículo 10.- Derecho de cobertura
Los afiliados regulares y sus derechohabientes tienen el derecho a las prestaciones del Seguro Social de Salud siempre que aquellos cuenten con 3 meses de aportación consecutivos o con 4 no consecutivos dentro de los 6 meses calendario anteriores al mes en que se inició la contingencia y que la entidad empleadora haya declarado y pagado o se encuentre en fraccionamiento vigente las aportaciones de los 12 meses anteriores a los 6 meses previos al mes de inicio de la atención, según corresponda. En caso la afiliada o la derechohabiente se encuentre en estado de gestación, el derecho a la cobertura se otorgará de forma inmediata desde la afiliación. En caso de accidente basta que exista afiliación. ESSALUD podrá establecer períodos de espera para contingencias que este determine; con excepción de los regímenes especiales.
En el caso de los afiliados regulares pensionistas y sus derechohabientes tienen derecho de cobertura desde la fecha en que se les reconoce como pensionistas, sin período de carencia. Mantienen su cobertura siempre y cuando continúen con su condición de pensionistas.
(…).
Finalmente, conforme a lo establecido por la presente Ley, el Poder Ejecutivo deberá adecuar, en el plazo de 90 días calendario a partir de su vigencia, el Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por el Decreto Supremo 009-97-SA.
Vigencia: Desde el 12/05/2022