Tipo de Norma: Resolución Ministerial
Número de Norma: N° 096-2022-TR
Fecha de Publicación: Miércoles, 20 de abril de 2022
El artículo 1 del Decreto Ley N° 20585 establece normas para otorgar la condecoración de la Orden de Trabajo, señalando que: “La Condecoración de la “Orden del Trabajo” será otorgada a aquellas personas que se hubieren hecho acreedoras a tal distinción por calificados merecimientos y acciones distinguidas en el campo laboral o de la seguridad social”.
En tal sentido, el artículo 4 del Reglamento para la Condecoración de la Orden de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, regula la constitución del Consejo de la Orden del Trabajo. Mientras que, el artículo 5 del citado reglamento, establece que, a excepción del Gran Maestre, el Canciller, el viceministro de Trabajo, el viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y el secretario del Consejo de la Orden del Trabajo. Los demás miembros del Consejo de la Orden del Trabajo, cuando corresponda, son propuestos por sus respectivas instituciones y designados antes del 1 de mayo de cada año, pudiendo ser reelegidos.
Conforme a los documentos de vistos, las instituciones correspondientes remitieron las propuestas de sus respectivos representantes ante el Consejo de la Orden de Trabajo; por lo que es necesario reconocer a los trabajadores, empresarios, académicos, y en general a las personas que hayan contribuido significativa y desinteresadamente, desde sus respectivos ámbitos de actuación, al bienestar de los trabajadores, al desarrollo armónico de las relaciones laborales, a la generación y promoción del empleo en el país y al fortalecimiento de las instituciones del Sector Trabajo y de la Seguridad Social.
En mérito a lo expuesto, resulta necesario designar a los miembros del Consejo de la Orden del Trabajo para el año 2022, quienes tienen la responsabilidad de evaluar y pronunciarse sobre las propuestas para el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo.
Por tanto, se resuelve designar a los miembros del Consejo de la Orden del Trabajo para el año 2022, según se detalla a continuación:
- Señora BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO, ministra de Trabajo y Promoción del Empleo y Canciller del Consejo de la Orden del Trabajo, quien preside el Consejo de la Orden del Trabajo por expresa delegación del Gran Maestre.
- Señor EDILBERTO SERGIO JAIME RÍOS, viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Señor JOSÉ FERNANDO REYES LLANOS, viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Señor JAIME ZAVALA COSTA, miembro de la Comisión Consultiva de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
- Señor GERMÁN ALEJANDRO ALARCO TOSONI, miembro de la Comisión Consultiva de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
- Señora SONIA MARIELA FUENTES RIVERA, directora general de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
- Señora JANEYRI ELIZABETH BOYER CARRERA, presidenta ejecutiva del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR;
- Señor JUAN GUSTAVO MINAYA GOÑY, representante de los trabajadores del régimen de la actividad privada;
- Señora VIVECA DOLORES AMOROS KOHN, representante de los empleadores;
- Señor JOSÉ EUGENIO RIVERO TERRY, representante del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú;
- Señor JORGE ALBERTO LARREA DE ROSSI, secretario del Consejo de la Orden del Trabajo, con voz, pero sin voto.
Vigencia: Desde el 21/04/2022