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Dictan medidas para el descanso vacacional de jueces, juezas y trabajadores durante el 2022

Tipo de Norma: Resolución Administrativa

Número de Norma: Nº 000413-2021/CE-PJ

Fecha de Publicación: Martes, 14 de diciembre de 2021

A través de la Resolución en mención se adoptan medidas para el descanso vacacional de jueces, juezas; así como el personal jurisdiccional y administrativo durante el Año Judicial 2022, con la prioridad de brindar un servicio de administración de justicia oportuno.

Disponiendo que, el goce vacacional de jueces y juezas; así como del personal jurisdiccional y administrativo, correspondiente al periodo 2021-2022, se efectivice en dos periodos, del 1 al 15 de febrero y del 16 al 30 de diciembre de 2022. Por ende, a efectos de estructurar los órganos jurisdiccionales de vacaciones que necesariamente funcionarán durante dichos periodos, es del caso dictar las pautas para su funcionamiento.

Se establece que, durante el mes de vacaciones de jueces, juezas y personal jurisdiccional y administrativo, funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia que designarán las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, los cuales seguirán conociendo y tramitando los procesos a su cargo; así como, además, atenderán, en materia laboral, exclusivamente consignaciones laborales, así como todas aquellas solicitudes que los jueces y juezas de acuerdo a su facultad discrecional, consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativa, Constitucional y Previsional, u otras peticiones que estimen pertinentes.

Así también, cabe precisar que en las vacaciones programadas del 1 al 15 de febrero y del 16 al 30 de diciembre de 2022, funcionarán los siguientes órganos jurisdiccionales de emergencia:

OTRAS DISPOSICIONES:

Vigencia: Desde el 15/12/2021

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.