El Tribunal Constitucional (TC) declaró parcialmente inconstitucional la Ley N° 31131 en sus artículos 1, 2, 3, 5 y Disposiciones Complementarias Finales. Estas últimas disponían la incorporación de los trabajadores con contrato administrativo de servicios (CAS) a los regímenes laborales de los Decretos Legislativos Nº 276 y Nº 728. En la referida decisión, el TC reitera su jurisprudencia expresada en la sentencia que declaró inconstitucional la Ley Nº 31039, sobre ascenso automático, nombramiento y otros, del personal de salud.
De ese modo, para el TC la Ley Nº 31131 es inconstitucional por infringir la Constitución en cuanto a la prohibición de los congresistas de crear o aumentar gastos públicos, el principio de equilibrio presupuestal y la competencia del Poder Ejecutivo para “administrar la hacienda pública”.
Fuente: Diario El Peruano
Fecha: 01/12/2021