Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 100-2021-SUNAT/7T0000, en el mismo concluye lo siguiente:
“En el supuesto que una empresa ubicada en la Amazonía cuya actividad principal consista en la transformación o procesamiento de productos calificados como cultivo nativo y/o alternativo, como es el caso del proceso consistente en pelar, hornear, seleccionar y empacar la castaña para su posterior venta (local o exportación), se encontrará exonerada del Impuesto a la Renta”.
Texto completo: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2021/informe-oficios/i100-2021-7T0000.pdf
Fecha de publicación: 22.11.2021