Mediante el Proyecto de Ley N°00650/2021-CR, presentado el día 05 de noviembre de 2021, por el Congreso de la República, se plantea establecer la suspensión por 24 meses del pago de las deudas crediticias de consumo, créditos personales, créditos vehiculares, créditos hipotecarios y créditos MYPES que las personas naturales y jurídicas tengan con las Empresas del Sistema Financiero (ESF): Empresas Bancarias, Entidades Financieras Estatales, Empresas Financieras, Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC), Cajas Municipales de Crédito y Popular (CMCP), Cajas Rurales de Ahorro y Crédito (CRAC), Edpymes.
Dicha suspensión de crédito comprende el capital, interés compensatorio, interés moratorio y cualquier tipo de penalidad, comisión o gasto.
Asimismo, solo podrían acogerse a la suspensión, los créditos que cumplan con las siguientes condiciones:
- Créditos de Consumo y Personales que no sobrepasen los S/40,000.00.
- Créditos Hipotecarios para vivienda que no sobrepasen los S/350,000.00 solo para primera y única vivienda.
- Créditos MYPE que no sobrepasen los S/80,000.00.
Cabe resaltar que el presente Proyecto de Ley se encuentra en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera desde el 09 de noviembre de 2021.
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Fuente: Staff de Contadores & Empresas
Fecha: 19/11/2021